l margen de que la Guía Metodológica para la elaboración de la memoria de impacto normativo, aprobada el 11 de diciembre de 2009 por el Consejo de Ministros, estableciera que, a pesar de lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1083/2009, mencionado, la memoria de impacto normativo no se exigiría con ocasión de la elaboración del anteproyecto de Ley de PGE, se ha estimado pertinente unificar criterios y utilizar, como fuente de recogida de información para la elaboración de este informe, el modelo de ficha propuesto en dicha guía en relación con el impacto por razón de género.
Con ello, se da continuidad, no sólo a la iniciativa que dio comienzo hace dos años, sino que ésta se integra en el proceso global de evaluación normativa con perspectiva de género, en el que parte integral es la identificación de los objetivos y actuaciones que en materia específica de igualdad de oportunidades pueden y deben plantearse en el marco de actuaciones normativas y programáticas más amplias que, en principio, no aparecen vinculadas de forma expresa con objetivos generales de igualdad, aunque, frecuentemente, dichas actuaciones tengan efectos directos o indirectos sobre la situación de mujeres y hombres en nuestra sociedad.